El estandarte estatal de la unión cf.

El estandarte estatal de la unión cf.

SISTEMA DE NORMAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

REQUISITOS GENERALES DE SEGURIDAD

(ST SEV 1930-79)

DESARROLLADO

Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión

Comité Estatal de Construcción de la URSS

Ministerio de Ferrocarriles

Academia de Ciencias Médicas de la URSS

Ministerio de Metalurgia Ferrosa de la URSS

Ministerio de Agricultura de la URSS

Ministerio de Salud de la RSS de Ucrania

Ministerio de Salud de la RSFSR

Comité Estatal de Normas de la URSS Academia de Ciencias de la URSS

INTÉRPRETES

B. A. Dvoryanchikov; Yu. M. Vasiliev, Ph.D. tecnología ciencias; L. F. Lagunov, Ph.D. tecnología Ciencias: L. N. Pyatachkova, Ph.D. tecnología ciencias; V. I. Kopylov; G. L. Osipov, Doctor en Ingeniería ciencias; M. A. Porozhenko; E. Ya. Yudin, Dr. Sci. ciencias; K. F. Kalmakhelidze, Ph.D. tecnología ciencias; Yu. P. Chepulsky, Ph.D. tecnología ciencias; G. A. Suvorov, Dr. med. ciencias; L. N. Shkarinov, Dr. med. ciencias; E. I. Denisov, Ph.D. tecnología ciencias; L. N. Klyachko, Ph.D. tecnología ciencias; DB Chekhomova, Ph.D. tecnología ciencias; A. I. Ponomarev, Ph.D. tecnología ciencias; V. E. Skibinsky; VZ Kleimenov, Ph.D. tecnología ciencias; V. V. Myasnikov; G. P. Saversky; TA Kochinashvili, Ph.D. tecnología ciencias; A. M. Nikolayshvili; N. I. Borodin, Ph.D. tecnología ciencias; V. F. Drobyshevskaya; G. I. Varnashov; A. A. Menshov, Dr. med. ciencias; V. N. Soga; Yu. P. Paltsev, Ph.D. cariño. ciencias; A. V. Kolesnikova, Ph.D. miel, ciencias; Sh. L. Zlotnik, Ph.D. tecnología ciencias; L. A. Potanina; N. P. Benevolenskaya, Dr. med. ciencias; V. A. Shcherbakov; Yu. N. Kamensky, Ph.D. cariño. ciencias; A. I. Tsysar, Ph.D. cariño. Ciencias.

PRESENTADO por el Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión

Diputado cabeza Departamento de protección laboral A.P. Kupchin

APROBADO Y PUESTO EN VIGOR por Decreto del Comité Estatal de Normas de la URSS de fecha 6 de junio. Nº 2473

ESTÁNDAR ESTATAL DE LA UNIÓN DE LA SSR

Sistema de normas de seguridad en el trabajo

Requisitos generales de seguridad

Sistema de normas de seguridad en el trabajo

ruido. Requisitos generales de seguridad

GOST 12.1.003??83

(ST SEV 1930-79)

En lugar de GOST 12.1.003-76

Decreto del Comité Estatal de Normas de la URSS del 6 de junio. No. 2473 período de validez establecido

La norma establece la clasificación del ruido, las características y los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo, los requisitos generales para la protección contra el ruido en los lugares de trabajo, las características de ruido de las máquinas, mecanismos, medios de transporte y otros equipos (en adelante, máquinas) y las mediciones de ruido.

Esta norma cumple con ST SEV 1930-79 en términos de valores permisibles de niveles de presión sonora y niveles de sonido en los lugares de trabajo de empresas manufactureras y sus mediciones (ver referencia Apéndice 1).

1. CLASIFICACIÓN

1.1. Según la naturaleza del espectro, el ruido debe dividirse en:

banda ancha con un espectro continuo con un ancho de más de una octava;

tonal, en cuyo espectro hay tonos discretos pronunciados. El carácter tonal del ruido a efectos prácticos (cuando se controlan sus parámetros en los lugares de trabajo) se establece midiendo en bandas de frecuencia de tercio de octava superando el nivel de presión sonora en una banda sobre las vecinas en al menos 10 dB.

1.2. Según las características temporales, el ruido debe dividirse en:

constante, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia en el tiempo en no más de 5 dB A cuando se mide en la característica de tiempo "lento" de un medidor de nivel de sonido según GOST 17187-81;

intermitente, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia con el tiempo en más de 5 dB A cuando se mide en la característica de tiempo "lento" de un medidor de nivel de sonido según GOST 17187-81.

1.3. El ruido intermitente debe dividirse en:

oscilante en el tiempo, cuyo nivel de sonido cambia continuamente en el tiempo;

intermitente, cuyo nivel de sonido cambia gradualmente (en 5 dB A o más), y la duración de los intervalos durante los cuales el nivel permanece constante es de 1 s o más;

pulso, que consiste en una o más señales de sonido, cada una con una duración de menos de 1 s, mientras que los niveles de sonido medidos en dB AI y dB A, respectivamente, en las características de tiempo del medidor de nivel de sonido "impulso" y "lento" según GOST 17187-81, difieren al menos en 7 dB.

2. CARACTERÍSTICAS Y NIVELES DE RUIDO ADMISIBLES EN LOS LUGARES DE TRABAJO

2.1. Las características del ruido constante en los lugares de trabajo son los niveles de presión sonora L en dB en bandas de octava con frecuencias medias geométricas de 63, 125, 250, 500, 1000, 2000, 4000, 8000 Hz, determinados por la fórmula

donde p es el valor cuadrático medio de la presión sonora, Pa;

po - valor de presión sonora inicial. En el aire, ro = 2º 10-5 Pa.

Nota. Para una evaluación aproximada (por ejemplo, al verificar por las autoridades supervisoras, identificar la necesidad de medidas de supresión de ruido, etc.), se permite tomar el nivel de sonido en dB A como una característica del ruido de banda ancha constante en los lugares de trabajo, medido en el característica de tiempo "lento" del sonómetro según GOST 17187-81 y determinado por la fórmula

donde pA es el valor cuadrático medio de la presión sonora, teniendo en cuenta la corrección "A" del sonómetro, Pa.

2.2. Una característica del ruido intermitente en los lugares de trabajo es un criterio integral: el nivel de sonido equivalente (en términos de energía) en dB A, determinado de acuerdo con la referencia del Apéndice 2.

Adicionalmente, para ruido variable en el tiempo e intermitente, se limitan los niveles sonoros máximos en dBA medidos en la característica de tiempo “lento”, y para ruido impulsivo, el nivel sonoro máximo en dB AI medido en la característica de tiempo “impulso”.

Se permite utilizar la dosis de ruido o la dosis de ruido relativa de acuerdo con la referencia del Apéndice 2 como característica del ruido intermitente.

2.3. Los niveles de presión sonora permisibles en bandas de frecuencia de octava, los niveles sonoros y los niveles sonoros equivalentes en los lugares de trabajo deben tomarse:

para banda ancha ruido constante y no constante (excepto impulso) - según la tabla;

lugares de trabajo

Niveles de presión sonora, dB, en bandas de octava con frecuencias medias geométricas en Hz

Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes,

Empresas, instituciones y organizaciones

1. Locales para oficinas de diseño, calculadoras, programadores informáticos, laboratorios de trabajo teórico y procesamiento de datos experimentales, ingreso de pacientes en centros de salud.

2. Salas de control, salas de trabajo

3. Cabinas de observación y control remoto:

a) sin comunicación de voz por teléfono

b) con comunicación de voz por teléfono

4. Locales y áreas para montaje preciso, oficinas de mecanografía

5. Locales de laboratorio para trabajos experimentales, locales para la colocación de unidades informáticas ruidosas.

6. Puestos de trabajo permanentes y áreas de trabajo en instalaciones industriales y en el territorio de las empresas, puestos de trabajo permanentes de estacionarios/máquinas (agrícolas, mineras, etc.)

Material rodante de transporte ferroviario

7. Cabinas del maquinista de locomotoras diésel, locomotoras eléctricas, trenes de metro, trenes diésel y automotores

8. Cabinas del maquinista de trenes eléctricos de alta velocidad y cercanías

9. Locales para personal de vagones de trenes de larga distancia, compartimentos de servicio de secciones frigoríficas, vagones de centrales eléctricas, baños en equipajes y oficinas de correos.

10. Espacio de oficinas para vagones de equipaje y correo, vagones comedor

Embarcaciones marítimas, lacustres y fluviales

11. Departamentos de energía (motor) de embarcaciones marítimas, lacustres y fluviales con vigilancia constante

Aviones y helicópteros de pasajeros y de transporte

12. Cabinas y salones de aeronaves y helicópteros

Tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas autopropulsadas, remolcadas y montadas, construcción de carreteras, movimiento de tierras, recuperación y otros tipos similares de máquinas

13. Puestos de trabajo para conductores y personal de servicio

14. Puestos de trabajo para camioneros

Según GOST 19358??74

Notas:

1. Se permite en la documentación de la industria establecer estándares más estrictos para ciertos tipos de actividad laboral, teniendo en cuenta la intensidad del trabajo de acuerdo con la referencia del Apéndice 3.

2. Queda prohibida incluso la estancia breve en zonas con niveles de presión sonora de octava superiores a 135 dB en cualquier banda de octava.

para ruido tonal e impulsivo: 5 dB menos que los valores indicados en la tabla;

para el ruido generado en las habitaciones por las instalaciones de aire acondicionado, ventilación y calefacción de aire: 5 dB menos que los niveles de ruido reales en estas habitaciones (medidos o determinados por cálculo), si estos últimos no superan los valores especificados en el tabla (la corrección por ruido tonal e impulsivo en este caso no debe aceptarse), en otros casos, 5 dB menos que los valores especificados en la tabla.

2.4. Además de los requisitos de la cláusula 2.3, el nivel sonoro máximo de ruido intermitente en los lugares de trabajo de acuerdo con las cláusulas. 6 y 13 de la tabla no debe exceder los 110 dB A cuando se mide en la característica de tiempo “lento”, y el nivel sonoro máximo de ruido impulsivo en los lugares de trabajo de acuerdo con el párrafo 6 de la tabla no debe exceder los 125 dB AI cuando se mide en la “ impulso” característica de tiempo.

3. PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO

3.1. Al desarrollar procesos tecnológicos, diseñar, fabricar y operar máquinas, edificios y estructuras industriales, así como organizar un lugar de trabajo, se deben tomar todas las medidas necesarias para reducir el ruido que afecta a una persona en los lugares de trabajo a valores que no excedan los valores permitidos. especificado en la Sec. 2:

desarrollo de equipos a prueba de ruidos;

el uso de medios y métodos de protección colectiva de acuerdo con GOST 12.1.029-80;

el uso de equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051-78.

Nota. Medidas de construcción y acústicas previstas en el diseño de empresas, edificios y estructuras para diversos fines, de acuerdo con los documentos reglamentarios y técnicos aprobados o acordados con el Comité Estatal de Construcción de la URSS.

3.2. Las zonas con un nivel de sonido o un nivel de sonido equivalente superior a 85 dB A deben marcarse con señales de seguridad de acuerdo con GOST 12.4.026-76. La administración está obligada a proporcionar a quienes trabajan en estas zonas equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051-78.

3.3. En las empresas, organizaciones e instituciones, se debe garantizar el control de los niveles de ruido en los lugares de trabajo al menos una vez al año.

4. REQUISITOS PARA LAS CARACTERÍSTICAS DE RUIDO DE LAS MÁQUINAS

4.1. Las normas y (o) especificaciones para máquinas deben establecer los valores límite para las características de ruido de estas máquinas.

ESTÁNDAR INTERESTATAL

Sistema de normas de seguridad en el trabajo

Requisitos generales de seguridad

Fecha de introducción 01.07 84

DATOS DE INFORMACIÓN

1 DESARROLLADO por el Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión, el Comité Estatal de Construcción de la URSS, el Ministerio de Ferrocarriles, la Academia de Ciencias Médicas de la URSS, el Ministerio de Metalurgia Ferroso de la URSS, el Ministerio de Agricultura de la URSS, el Ministerio de Ucrania de la RSS de Salud, el Ministerio de Salud de la RSFSR, el Comité Estatal de Normas de la URSS, la Academia de Ciencias de la URSS

DESARROLLADORES

LICENCIADO EN LETRAS. Dvoryanchikov; Yu.M. Vasiliev, Ph.D. tecnología ciencias; LF Lagunov, Ph.D. tecnología Ciencias: L. N. Pyatachkova, Ph.D. tecnología ciencias; Y EN. Kopílov; GL Osipov, Dr. Sc. ciencias; MAMÁ. Porozhenko; E. Ya. Yudin, Dr. técnico. ciencias; K. F. Kalmakhelidze, Ph.D. tecnología ciencias; Sip. Chepulsky, Ph.D. tecnología ciencias; GEORGIA. Suvorov, Dr. med. ciencias; LN Shkarinov, Dr. med. ciencias; EI Denisov, Ph.D. tecnología ciencias; LN Klyachko, Ph.D. tecnología ciencias; DB Chéjomov, Ph.D. tecnología ciencias; AI. Ponomarev, Ph.D. tecnología ciencias; V. E. Skibinsky; VZ Kleimenov, Ph. D. tecnología ciencias; V. V. Myasnikov; G.P. Saversky; EJÉRCITO DE RESERVA. Kochinashvili, Ph.D. tecnología ciencias; SOY. Nikolayshvili; NI Borodin, Ph.D. tecnología ciencias; VF Drobyshevskaya; SOLDADO AMERICANO. varnashov; AUTOMÓVIL CLUB BRITÁNICO. Menshov, Dr. med. ciencias; VN soga; Sip. Dedos, Ph.D. cariño. ciencias; AV. Kolesnikova, Ph. D. miel, ciencias; Sh. L. Zlotnik, Ph.D. tecnología ciencias; LA. potanina; NOTARIO PÚBLICO. Benevolenskaya, Dra. med. ciencias; VIRGINIA. Shcherbakov; Yu.N. Kamensky, Ph.D. cariño. ciencias; AI. Tsysar, Ph.D. cariño. Ciencias.

2 APROBADO E INTRODUCIDO POR Decreto del Comité Estatal de Normas de la URSS de fecha 06.06.83 No. 2473

  1. El estándar cumple con ST SEV 1930-79 en términos de valores permisibles de niveles de presión sonora y niveles de sonido en los lugares de trabajo de empresas manufactureras y sus mediciones.
  1. EN LUGAR DE GOST 12.1.003-76

5 DOCUMENTOS REGLAMENTARIOS REFERIDOS

Número de artículo, aplicaciones La designación de la NTD a la que se da el enlace. Número de artículo, aplicaciones
GOST 12.1.020-79 5.1 GOST 12.4.026-76 3.2
GOST 12.1.023-80 4.3 GOST 12.4.051-87 3.1, 3.2
GOST 12.1.024-81 5.2 GOST 12.4.095-80 5.1
GOST 12.1.025-81 5.2 GOST 17187-81 1.2, 1.3, 2.1
GOST 12.1.026-80 5.2 GOST 20296-81 5.1
GOST 12.1.027-80 5.2 GOST 23941-79 4.2, 4.4, 5.1, 5.2
GOST 12.1.028-80 5.2 GOST 27435-87 5.1
GOST 12.1.029-80 3.1 GOST 27436-87 5.1
GOST 12.1.050-86 5.1 Apéndice 1 ST SEV 541-77 Anexo 1
GOST 12.2.002-91 5.1

6 Se eliminó la limitación del período de vigencia según el protocolo No. 3-93 del Consejo Interestatal de Normalización, Metrología y Certificación (IUS 5-6-93)

7 REPUBLICACIÓN (septiembre 1999) con Enmienda No. 1 aprobada diciembre 1988 (IUS 3-89)

La norma establece la clasificación del ruido, las características y los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo, los requisitos generales para la protección contra el ruido en los lugares de trabajo, las características de ruido de las máquinas, mecanismos, medios de transporte y otros equipos (en adelante, máquinas) y las mediciones de ruido.

  1. CLASIFICACIÓN

1.1. Según la naturaleza del espectro, el ruido debe dividirse en:

banda ancha con un espectro continuo con un ancho de más de una octava;

tonal, en cuyo espectro hay tonos discretos pronunciados. El carácter tonal del ruido a efectos prácticos (cuando se controlan sus parámetros en los lugares de trabajo) se establece midiendo en bandas de frecuencia de tercio de octava superando el nivel de presión sonora en una banda sobre las vecinas en al menos 10 dB.

1.2. Según las características temporales, el ruido debe dividirse en:

constante, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia con el tiempo en no más de 5 dB PERO al medir en la característica de tiempo "lento" del medidor de nivel de sonido según GOST 17187;

intermitente, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia con el tiempo en más de 5 dB PERO al medir en la característica de tiempo "lento" del medidor de nivel de sonido según GOST 17187.

1.3. El ruido intermitente debe dividirse en:

oscilante en el tiempo, cuyo nivel de sonido cambia continuamente en el tiempo;

intermitente, cuyo nivel de sonido cambia gradualmente (en 5 dB PERO y más), y la duración de los intervalos durante los cuales el nivel permanece constante es de 1 s o más;

pulsado, que consta de una o más señales de sonido, cada una de menos de 1 s de duración, con niveles de sonido medidos en dB AI y dB PERO respectivamente, en las características de tiempo del medidor de nivel de sonido "impulso" y "lento" según GOST 17187, difieren en al menos 7 dB.

  1. ESPECIFICACIONES Y NIVELES DE RUIDO PERMISIBLES

LUGARES DE TRABAJO

2.1. Una característica del ruido constante en los lugares de trabajo son los niveles de presión sonora L en dB en bandas de octava con frecuencias medias geométricas de 31,5, 63, 125, 250, 500, 1000, 2000, 4000, 8000 Hz, determinadas por la fórmula

donde pags - valor RMS de la presión sonora, Pa;

pags 0 - valor inicial de presión sonora. En el aire R 0 = 2 ´10 -5 Pa.

Nota. Para una evaluación aproximada (por ejemplo, al verificar por parte de las autoridades supervisoras, identificar la necesidad de medidas de supresión de ruido, etc.), se permite tomar el nivel de sonido en dB como una característica del ruido de banda ancha constante en los lugares de trabajo. PERO, medido en la característica de tiempo "lento" del sonómetro según GOST 17187 y determinado por la fórmula

donde R A - Valor cuadrático medio de la presión sonora, teniendo en cuenta la corrección "A" del sonómetro, Pa.

(Edición modificada, Rev. No. 1)

2.2. Una característica del ruido intermitente en los lugares de trabajo es un criterio integral: el nivel de sonido equivalente (en términos de energía) en dB PERO, determinado de acuerdo con la referencia del Apéndice 2.

Además, para ruido variable en el tiempo e intermitente, limite los niveles máximos de sonido en dB PERO, medido en la característica de tiempo "lento", y para el ruido de impulso: el nivel de sonido máximo en dB PEROI medido en la característica de tiempo "impulso".

Se permite utilizar la dosis de ruido o la dosis de ruido relativa de acuerdo con la referencia del Apéndice 2 como característica del ruido intermitente.

2.3. Los niveles de presión sonora permisibles en bandas de frecuencia de octava, los niveles sonoros y los niveles sonoros equivalentes en los lugares de trabajo deben tomarse:

para banda ancha ruido constante y no constante (excepto impulso) - según la tabla;

para ruido tonal e impulsivo: 5 dB menos que los valores indicados en la tabla;

Tipo de actividad laboral, puestos de trabajo. Niveles de presión sonora, dB, en bandas compuestas con frecuencias medias geométricas, Hz Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes, dBA
31,5 63 125 250 500 1000 2000 4000 8000
Empresas, instituciones y organizaciones
1 Actividades creativas, trabajo de liderazgo con mayores requisitos, actividades científicas, diseño e ingeniería, programación, enseñanza y aprendizaje, actividades médicas:
lugares de trabajo en las instalaciones - direcciones, oficinas de diseño; calculadoras, programadores informáticos, en laboratorios para trabajo teórico y procesamiento de datos, ingreso de pacientes en centros de salud 86 71 61 54 49 45 42 40 38 50
2 Trabajo altamente calificado que requiere concentración, actividades administrativas y gerenciales, trabajo de medición y análisis en el laboratorio:
lugares de trabajo en las instalaciones del aparato de gestión de la tienda, en las salas de trabajo de las oficinas, laboratorios 93 79 70 63 58 55 52 50 49 60
3 Trabajo realizado con instrucciones recibidas con frecuencia y señales acústicas, trabajo que requiere un control auditivo constante, trabajo del operador en un horario preciso con instrucciones, trabajo de despacho:
lugares de trabajo en los locales del servicio de despacho, oficinas y salas de vigilancia y control remoto con comunicación de voz por teléfono, oficinas de mecanografía, en áreas de montaje de precisión, en estaciones de teléfono y telégrafo, en locales de capataces, en salas de procesamiento de información en computadoras 96 83 74 68 63 60 57 55 54 65
4 Trabajo que requiere concentración, trabajo con mayores requerimientos para los procesos de seguimiento y telecontrol de ciclos productivos:
estaciones de trabajo en consolas en cabinas de observación y control remoto sin comunicación de voz por teléfono; en laboratorios con equipos ruidosos, en salas de colocación de equipos informáticos ruidosos 103 91 83 77 73 70 68 66 64 75
5 Realización de todo tipo de trabajo (con excepción de los enumerados en las cláusulas 1-4 y similares) en lugares de trabajo permanentes en instalaciones industriales y en el territorio de las empresas 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80
Material rodante de transporte ferroviario
6 Puestos de trabajo en las cabinas de maquinistas de locomotoras diésel, locomotoras eléctricas, trenes de metro, trenes diésel y automotores 99 95 87 82 78 75 73 71 69 80
7 Puestos de trabajo en las cabinas de los conductores de trenes eléctricos de alta velocidad y cercanías 99 91 83 77 73 70 68 66 64 75
8 Locales para personal de vagones de trenes de larga distancia, compartimentos de servicio de secciones frigoríficas, vagones de centrales eléctricas, salas de descanso en consignas y oficinas de correos 93 79 70 63 58 55 52 50 49 60
9 Salas de servicio para vagones de equipaje y correo, vagones comedor 96 87 79 72 68 65 63 61 59 70
Embarcaciones marítimas, fluviales, pesqueras y otras
10 Área de trabajo en las instalaciones del departamento de energía de los barcos con vigilancia constante (locales en los que se encuentra la planta de energía principal, calderas, motores y mecanismos que generan energía y aseguran el funcionamiento de varios sistemas y dispositivos) 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80
11 Áreas de trabajo en las estaciones de control central (CPU) de los barcos (insonorizadas), salas asignadas por el departamento de energía, en las que se instalan dispositivos de control, dispositivos indicadores, controles de la planta de energía principal y mecanismos auxiliares 96 83 74 68 63 60 57 55 54 65
12 Zonas de trabajo en las salas de servicio de las embarcaciones marítimas (cabinas de timonel, de navegación, bagermeister, cabinas de radio, etc.) 89 75 66 59 54 50 47 45 44 55
13 Locales productivos y tecnológicos en buques de la industria pesquera (locales para el procesamiento de pescados, mariscos, etc.) 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80
Tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas autopropulsadas, remolcadas y montadas, construcción de carreteras, movimiento de tierras, recuperación y otros tipos similares de máquinas
14 Puestos de trabajo para conductores y asistentes de automóviles 100 87 79 72 68 65 63 61 59 70
15 Puestos de trabajo para conductores y asistentes (pasajeros) de automóviles 93 79 70 63 58 55 52 50 49 60
16 Puestos de trabajo para conductores y personal de mantenimiento de tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas arrastradas y montadas, construcción de carreteras y otras máquinas similares 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80
17 Puestos de trabajo en cabinas de pilotaje y cabinas de aeronaves y helicópteros 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80

Notas:

1 Se permite establecer estándares más estrictos para ciertos tipos de actividad laboral en la documentación de la industria, teniendo en cuenta la intensidad del trabajo de acuerdo con el Apéndice 3.

2 Está prohibido incluso para estancias cortas en zonas con niveles de presión sonora de octava superiores a 135 dB en cualquier banda de octava.

para el ruido generado en las habitaciones por las instalaciones de aire acondicionado, ventilación y calefacción de aire: 5 dB menos que los niveles de ruido reales en estas habitaciones (medidos o determinados por cálculo), si estos últimos no superan los valores especificados en el tabla (la corrección por ruido tonal e impulsivo en este caso no debe aceptarse), en otros casos, 5 dB menos que los valores especificados en la tabla.

(Edición revisada, Rev. No. 1).

2.4. Además de los requisitos de la cláusula 2.3, el nivel sonoro máximo de ruido intermitente en los lugares de trabajo de acuerdo con las cláusulas. 6 y 13 de la tabla no debe superar los 110 dB PERO al medir en la característica de tiempo "lento", y el nivel de sonido máximo del ruido de impulso en los lugares de trabajo de acuerdo con la cláusula 6 de la tabla no debe exceder los 125 dB PEROI al medir en la característica de tiempo "impulso".

  1. PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO

3.1. Al desarrollar procesos tecnológicos, diseñar, fabricar y operar máquinas, edificios y estructuras industriales, así como organizar un lugar de trabajo, se deben tomar todas las medidas necesarias para reducir el ruido que afecta a una persona en los lugares de trabajo a valores que no excedan los valores permitidos. especificado en la Sec. 2:

desarrollo de equipos a prueba de ruidos;

el uso de medios y métodos de protección colectiva de acuerdo con GOST 12.1.029;

el uso de equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051.

Nota. Medidas de construcción y acústicas previstas en el diseño de empresas, edificios y estructuras para diversos fines, de acuerdo con los documentos reglamentarios y técnicos aprobados o acordados con el Comité Estatal de Construcción de la URSS.

3.2. Áreas con niveles de sonido o niveles de sonido equivalentes por encima de 80 dB PERO debe estar marcado con señales de seguridad de acuerdo con GOST 12.4.026. La administración está obligada a proporcionar a quienes trabajan en estas zonas equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051.

(Edición revisada, Rev. No. 1).

3.3. En las empresas, organizaciones e instituciones, se debe garantizar el control de los niveles de ruido en los lugares de trabajo al menos una vez al año.

  1. REQUISITOS PARA LAS CARACTERÍSTICAS DE RUIDO DE LAS MÁQUINAS

4.1. Las normas y (o) especificaciones para máquinas deben establecer los valores límite para las características de ruido de estas máquinas.

4.2. La característica de ruido debe seleccionarse entre las proporcionadas por GOST 23941.

4.3. Los valores de las características de ruido máximas permisibles de las máquinas deben establecerse en función de los requisitos para garantizar los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo de acuerdo con el propósito principal de la máquina y los requisitos de la Sec. 2 de esta norma. Métodos para establecer las características de ruido máximas permisibles de las máquinas estacionarias, según GOST 12.1.023.

4.4. Si las características de ruido de las máquinas correspondientes a los mejores logros mundiales de tecnología similar superan los valores establecidos de acuerdo con los requisitos de la cláusula 4.3 de esta norma, entonces en las normas y (o) especificaciones para máquinas se permite establecer técnicamente valores alcanzables de las características de ruido de estas máquinas.

Los valores técnicamente alcanzables de las características de ruido de las máquinas deben justificarse:

los resultados de medir las características de ruido de un número representativo de máquinas por uno de los métodos según GOST 23941;

datos sobre las características de ruido de los mejores modelos de máquinas similares fabricadas en el extranjero;

análisis de los métodos y medios de reducción de ruido utilizados en la máquina;

la disponibilidad de medios desarrollados de protección contra el ruido hasta los niveles establecidos en la cláusula 2.3, y su inclusión en la documentación reglamentaria y técnica de la máquina;

un plan de acción para reducir el ruido a un nivel que cumpla con los requisitos de la cláusula 4.3 de esta norma.

4.5. Las características de ruido de las máquinas o los valores límite de las características de ruido deben indicarse en su pasaporte, manual de instrucciones (instrucciones) u otra documentación adjunta.

  1. MEDICIÓN DE RUIDO

5.1. Medición del ruido en los lugares de trabajo: empresas e instituciones - según GOST 12.1.050 y GOST 23941; máquinas agrícolas autopropulsadas - según GOST 12.4.095; tractores y chasis autopropulsados ​​- según GOST 12.2.002; automóviles, trenes de carretera, autobuses, motocicletas, scooters, ciclomotores, motocicletas, según GOST 27435 y GOST 27436; aviones y helicópteros de transporte, según GOST 20296; material rodante del transporte ferroviario: de acuerdo con las normas sanitarias para limitar el ruido en el material rodante del transporte ferroviario, aprobado por el Ministerio de Salud de la URSS; para embarcaciones fluviales y lacustres: de acuerdo con GOST 12.1.020, estándares de ruido sanitario en las instalaciones de los barcos de la flota fluvial y estándares de ruido sanitario en embarcaciones marítimas aprobados por el Ministerio de Salud de la URSS.

(Edición revisada, Rev. No. 1).

5.2. El procedimiento de medición para ciertas características de ruido de las máquinas está de acuerdo con GOST 23941, GOST 12.1.024, GOST 12.1.025, GOST 12.1.026, GOST 12.1.027, GOST 12.1.028.

ANEXO 1

Referencia

DATOS DE INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE GOST 12.1.003-83

ST SEV 1930-79

Requisitos GOST 12.1.003-83 ST SEV 1930-79
Establecimiento de niveles de presión sonora, niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes Establece los niveles de presión sonora y los niveles de sonido equivalentes en los lugares de trabajo de las empresas manufactureras, según la gravedad y la intensidad del trabajo en el rango de frecuencia de 31,5-8000 Hz. Establece niveles de presión de sonido, niveles de sonido en los lugares de trabajo de empresas manufactureras en el rango de frecuencia 63-8000 Hz.
Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes en puestos de trabajo en naves industriales - 80 dB A. Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes en puestos de trabajo en naves industriales - 85 dB A.
Medición del ruido en los lugares de trabajo En lugares de trabajo en locales industriales de acuerdo con GOST 12.1.050 En puestos de trabajo en naves industriales según ST SEV 541

(Edición revisada, Rev. No. 1).

APÉNDICE 2

Referencia

CRITERIOS INTEGRALES PARA LA REGULACIÓN DEL RUIDO

  1. Nivel de sonido equivalente (energía) en dB PERO de un ruido intermitente dado es el nivel sonoro de un ruido de banda ancha constante que tiene la misma presión sonora RMS que el ruido intermitente dado durante un intervalo de tiempo específico y que está determinado por la fórmula
  1. dosis de ruido D en Pa 2 × h: un valor integral que tiene en cuenta la energía acústica que afecta a una persona durante un cierto período de tiempo y está determinado por la fórmula

La dosis relativa de ruido en porcentaje está determinada por la fórmula

donde es la dosis de ruido admisible, Pa 2 × h.

La dosis de ruido admisible viene determinada por la fórmula

donde - valor de presión sonora correspondiente al nivel sonoro admisible de acuerdo con el apartado 2.3 de esta norma. Pensilvania;

Duración de la jornada laboral (turno de trabajo), horas

En = 0,356 Pa (corresponde al nivel sonoro admisible de 85 dB PERO) y = 8 horas

La relación entre el nivel sonoro equivalente y la dosis relativa de ruido (a un nivel sonoro permisible de 80 dB PERO) en función del tiempo de acción del ruido se indica en la tabla.

Relativo Nivel sonoro equivalente, dB PERO
dosis de ruido, % durante la duración del ruido
8 horas 4 horas 2 horas 1 hora 30 minutos 15 minutos 7 minutos
3,2 70 73 76 79 82 85 88
6,3 73 76 79 82 85 88 91
12,5 76 79 82 85 88 91 94
25 79 82 85 88 91 94 97
50 82 85 88 91 94 97 100
100 85 88 91 94 97 100 103
200 88 91 94 97 100 103 106
400 91 94 97 100 103 106 109
800 94 97 100 103 106 109 112
1600 97 100 103 106 109 112 115
3200 100 103 106 109 112 115 118

(Edición modificada, Rev. No. 1).

APÉNDICE 3

Referencia

NIVELES DE RUIDO PARA DIFERENTES TIPOS DE TRABAJO SEGÚN EL GRADO DE INTENSIDAD DEL TRABAJO

Tipo de actividad laboral Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes, dB PERO
Trabajar en el desarrollo de conceptos, nuevos programas; creación; enseñando 40
El trabajo de los principales gerentes de producción asociado con el control de un grupo de personas que realizan principalmente trabajo mental. 50
Trabajo mental altamente calificado que requiere concentración; trabajo relacionado exclusivamente con conversaciones por medios de comunicación 55
Trabajo mental realizado con instrucciones recibidas con frecuencia y señales acústicas; trabajo que requiere un control auditivo constante*; categoría de obras visuales de alta precisión** 60
Trabajo mental, de acuerdo con el horario exacto con instrucciones (sala de cámaras), la categoría exacta de trabajo visual 65
Trabajo físico relacionado con la precisión, la concentración o el control auditivo ocasional 80

* Más del 50% del tiempo de trabajo.

** De acuerdo con las normas de iluminación natural y artificial, aprobadas por el Comité Estatal de Construcción de la URSS


ST SEV 541-77

Anexo 1

6 Se eliminó la limitación del período de vigencia según el protocolo N 3-93 del Consejo Interestatal de Normalización, Metrología y Certificación (IUS 5-6-93)

7 EDICIÓN (febrero 2002) con Enmienda No. 1 aprobada en diciembre 1988 (IUS 3-89)

La norma establece la clasificación del ruido, las características y los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo, los requisitos generales para la protección contra el ruido en los lugares de trabajo, las características de ruido de las máquinas, mecanismos, medios de transporte y otros equipos (en adelante, máquinas) y las mediciones de ruido.

1 Clasificación

1 CLASIFICACIÓN

1.1 Según la naturaleza del espectro, el ruido debe dividirse en:

banda ancha con un espectro continuo con un ancho de más de una octava;

tonal, en cuyo espectro hay tonos discretos pronunciados. El carácter tonal del ruido a efectos prácticos (cuando se controlan sus parámetros en los lugares de trabajo) se establece midiendo en bandas de frecuencia de tercio de octava superando el nivel de presión sonora en una banda sobre las vecinas en al menos 10 dB.

1.2 Según las características temporales, el ruido debe dividirse en:

constante, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia en el tiempo en no más de 5 dB A cuando se mide en la característica de tiempo "lento" del medidor de nivel de sonido según GOST 17187;

intermitente, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia con el tiempo en más de 5 dB A cuando se mide en la característica de tiempo "lento" de un medidor de nivel de sonido según GOST 17187.

1.3 El ruido intermitente debería subdividirse en:

oscilante en el tiempo, cuyo nivel de sonido cambia continuamente en el tiempo;

intermitente, cuyo nivel de sonido cambia gradualmente (en 5 dB A o más), y la duración de los intervalos durante los cuales el nivel permanece constante es de 1 s o más;

pulso, que consiste en una o más señales de sonido, cada una con una duración de menos de 1 s, mientras que los niveles de sonido medidos en dB AI y dB A, respectivamente, en las características de tiempo del medidor de nivel de sonido "impulso" y "lento" según GOST 17187, difieren en al menos 7 db.

2 Características y niveles de ruido admisibles en los lugares de trabajo

2.1 Las características del ruido constante en los lugares de trabajo son los niveles de presión sonora en dB en bandas de octava con frecuencias medias geométricas de 31,5, 63, 125, 250, 500, 1000, 2000, 4000, 8000 Hz, determinados por la fórmula

donde es el valor cuadrático medio de la presión del sonido, Pa;

- valor inicial de la presión sonora. En aire = 2x10 Pa.

Nota - Para una evaluación aproximada (por ejemplo, cuando las autoridades supervisoras verifican, identifican la necesidad de medidas de supresión de ruido, etc.), se permite tomar el nivel de sonido en dB A como una característica del ruido de banda ancha constante en los lugares de trabajo, medido en la característica de tiempo "lento" del sonómetro según GOST 17187 y determinado por la fórmula

donde es el valor cuadrático medio de la presión sonora, teniendo en cuenta la corrección "A" del sonómetro, Pa.


(Edición modificada, Rev. N 1).

2.2 Una característica del ruido intermitente en los lugares de trabajo es un criterio integral: el nivel de sonido equivalente (en términos de energía) en dB A, determinado de acuerdo con el Apéndice 2.

Adicionalmente, para ruido variable en el tiempo y discontinuo, se limitan los niveles sonoros máximos en dBA medidos en la característica de tiempo “lento”, y para ruido impulsivo, el nivel sonoro máximo en dB AI, medido en la característica de tiempo “impulso”.

Se permite utilizar la dosis de ruido o la dosis de ruido relativa de acuerdo con el Apéndice 2 como característica del ruido intermitente.

2.3 Los niveles de presión sonora permisibles en bandas de frecuencia de octava, los niveles sonoros y los niveles sonoros equivalentes en los lugares de trabajo deberían tomarse:

para banda ancha ruido constante y no constante (excepto impulso) - según la tabla;

para ruido tonal e impulsivo: 5 dB menos que los valores indicados en la tabla;

tipo de actividad laboral,
lugares de trabajo

Niveles de presión sonora, dB,
en bandas de octava con frecuencias medias geométricas, Hz

Niveles de sonido
y equivalente
niveles
sonar,
dBA

Empresas, instituciones y organizaciones

1 Actividades creativas, trabajo de liderazgo con mayores requisitos, actividades científicas, diseño e ingeniería, programación, enseñanza y aprendizaje, actividades médicas:

lugares de trabajo en las instalaciones - direcciones, oficinas de diseño; calculadoras, programadores informáticos, en laboratorios para trabajo teórico y procesamiento de datos, ingreso de pacientes en centros de salud

2 Trabajo altamente calificado que requiere concentración, actividades administrativas y gerenciales, trabajo de medición y análisis en el laboratorio:

lugares de trabajo en las instalaciones del aparato de gestión de la tienda, en las salas de trabajo de las oficinas, laboratorios

3 Trabajo realizado con instrucciones recibidas con frecuencia y señales acústicas, trabajo que requiere un control auditivo constante, trabajo del operador en un horario preciso con instrucciones, trabajo de despacho:

lugares de trabajo en los locales del servicio de despacho, oficinas y salas de observación y control remoto con comunicación de voz por teléfono, oficinas de mecanografía, en áreas de montaje de precisión, en estaciones telefónicas y telegráficas, en
salas de maestros, en salas de procesamiento de información en computadoras

4 Trabajo que requiere concentración, trabajo con mayores requerimientos para los procesos de seguimiento y telecontrol de ciclos productivos:

estaciones de trabajo en consolas en cabinas de observación y control remoto sin comunicación de voz por teléfono; en laboratorios con equipos ruidosos, en salas de colocación de equipos informáticos ruidosos

5 Realización de todo tipo de trabajo (con excepción de los enumerados en los párrafos 1-4 y similares) en lugares de trabajo permanentes en instalaciones industriales y en el territorio de las empresas

Material rodante de transporte ferroviario

6 Puestos de trabajo en las cabinas de maquinistas de locomotoras diésel, locomotoras eléctricas, trenes de metro, trenes diésel y automotores

7 Puestos de trabajo en las cabinas de los conductores de trenes eléctricos de alta velocidad y cercanías

8 Locales para personal de vagones de trenes de larga distancia, compartimentos de servicio de secciones frigoríficas, vagones de centrales eléctricas, salas de descanso en consignas y oficinas de correos

9 Salas de servicio para vagones de equipaje y correo, vagones comedor

Embarcaciones marítimas, fluviales, pesqueras y otras

10 Área de trabajo en las instalaciones del departamento de energía de los barcos con vigilancia constante (locales en los que se encuentra la planta de energía principal, calderas, motores y mecanismos que generan energía y aseguran el funcionamiento de varios sistemas y dispositivos)

11 Áreas de trabajo en las estaciones de control central (CPU) de los barcos (insonorizadas), salas asignadas por el departamento de energía, en las que se instalan dispositivos de control, dispositivos indicadores, controles de la planta de energía principal y mecanismos auxiliares

12 Áreas de trabajo en las salas de servicio de las embarcaciones marítimas (timoneles, camarotes de navegación, bagermeister,
radios, etc)

13 Locales productivos y tecnológicos en buques de la industria pesquera (locales para el procesamiento de pescados, mariscos, etc.)

Tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas autopropulsadas, remolcadas y montadas, construcción de carreteras, movimiento de tierras, recuperación y otros tipos similares de máquinas

14 Puestos de trabajo para conductores y asistentes de automóviles

15 Puestos de trabajo para conductores y asistentes (pasajeros) de automóviles

16 Puestos de trabajo para conductores y personal de mantenimiento de tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas arrastradas y montadas, construcción de carreteras y otros
máquinas similares

17 Puestos de trabajo en cabinas de pilotaje y cabinas de aeronaves y helicópteros

Notas: 1 Se permite en la documentación de la industria establecer estándares más estrictos para ciertos tipos de actividad laboral, teniendo en cuenta la intensidad laboral de acuerdo con el Apéndice 3.

2 Está prohibido incluso para estancias cortas en zonas con niveles de presión sonora de octava superiores a 135 dB en cualquier banda de octava.


para el ruido generado en las habitaciones por las instalaciones de aire acondicionado, ventilación y calefacción de aire: 5 dB menos que los niveles de ruido reales en estas habitaciones (medidos o determinados por cálculo), si estos últimos no superan los valores especificados en el tabla (la corrección por ruido tonal e impulsivo en este caso no debe aceptarse), en otros casos, 5 dB menos que los valores especificados en la tabla.

(Edición modificada, Rev. N 1).

2.4 Además de los requisitos de 2.3, el nivel sonoro máximo de ruido intermitente en los lugares de trabajo de acuerdo con las cláusulas 6 y 13 de la tabla no debe exceder los 110 dB A cuando se mide en la característica de tiempo "lento", y el nivel sonoro máximo de impulso el ruido en los lugares de trabajo de acuerdo con la cláusula 6 de la tabla no debe exceder los 125 dB AI cuando se mide en la característica de tiempo de "impulso".

3 Protección contra el ruido

3.1 Al desarrollar procesos tecnológicos, diseñar, fabricar y operar máquinas, edificios y estructuras industriales, así como organizar un lugar de trabajo, se deben tomar todas las medidas necesarias para reducir el ruido que afecta a una persona en los lugares de trabajo a valores que no excedan los valores permitidos especificado en la sección .2:

desarrollo de equipos a prueba de ruidos;

el uso de medios y métodos de protección colectiva de acuerdo con GOST 12.1.029;

el uso de equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051 *.
____________________
GOST R 12.4.213-99 (en adelante).

Nota: medidas de construcción y acústicas previstas en el diseño de empresas, edificios y estructuras para diversos fines, de acuerdo con los documentos reglamentarios y técnicos aprobados o acordados con el Comité Estatal de Construcción de la URSS.

3.2 Las zonas con un nivel de sonido o un nivel de sonido equivalente superior a 80 dB A deben marcarse con señales de seguridad de acuerdo con GOST 12.4.026 *. La administración está obligada a proporcionar a quienes trabajan en estas zonas equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051.
____________________
* En la Federación Rusa, se aplica GOST R 12.4.026-2001.

(Edición modificada, Rev. N 1).

3.3 En las empresas, organizaciones e instituciones, se debe garantizar el control de los niveles de ruido en los lugares de trabajo al menos una vez al año.

4 Requisitos de ruido para máquinas

4.1 En las normas y (o) especificaciones para máquinas, se deben establecer valores límite para las características de ruido de estas máquinas.

4.2 La característica de ruido debe seleccionarse entre las proporcionadas por GOST 23941.

4.3 Los valores de las características de ruido máximas permisibles de las máquinas deben establecerse en función de los requisitos para garantizar los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo de acuerdo con el propósito principal de la máquina y los requisitos de la Sección 2 de esta norma. Métodos para establecer las características de ruido máximas permisibles de las máquinas estacionarias, según GOST 12.1.023.

4.4 Si los valores de las características de ruido de las máquinas correspondientes a los mejores logros mundiales de tecnología similar aumentan * los valores establecidos de acuerdo con los requisitos de 4.3 de esta norma, entonces en las normas y (o) especificaciones técnicas para máquinas se permite establecer valores técnicamente alcanzables de las características de ruido de estas máquinas.
________________
* El texto del documento corresponde al original. - Nota del fabricante de la base de datos.

Los valores técnicamente alcanzables de las características de ruido de las máquinas deben justificarse:

los resultados de medir las características de ruido de un número representativo de máquinas por uno de los métodos según GOST 23941;

datos sobre las características de ruido de los mejores modelos de máquinas similares fabricadas en el extranjero;

análisis de los métodos y medios de reducción de ruido utilizados en la máquina;

la disponibilidad de medios desarrollados de protección contra el ruido hasta los niveles establecidos por 2.3, y su inclusión en la documentación reglamentaria y técnica de la máquina;

un plan de acción para reducir el ruido a un nivel que cumpla con los requisitos de 4.3 de esta norma.

4.5 Las características de ruido de las máquinas o los valores límite de las características de ruido deben indicarse en su pasaporte, manual de operación (instrucciones) u otra documentación adjunta.

5 Medición de ruido

5.1 Medición del ruido en los lugares de trabajo: empresas e instituciones - según GOST 12.1.050 y GOST 23941; máquinas agrícolas autopropulsadas - según GOST 12.4.095; tractores y chasis autopropulsados ​​- según GOST 12.2.002; automóviles, trenes de carretera, autobuses, motocicletas, scooters, ciclomotores, motocicletas, de acuerdo con GOST 27435 * y GOST 27436; aviones y helicópteros de transporte, según GOST 20296; material rodante del transporte ferroviario: de acuerdo con las normas sanitarias para limitar el ruido en el material rodante del transporte ferroviario, aprobado por el Ministerio de Salud de la URSS; para embarcaciones marítimas, fluviales y lacustres: de acuerdo con GOST 12.1.020, estándares de ruido sanitario en las instalaciones de los barcos de la flota fluvial y estándares de ruido sanitario en embarcaciones marítimas aprobados por el Ministerio de Salud de la URSS.
__________________
* En la Federación Rusa, GOST R 51616-2000 es válido.


(Edición modificada, Rev. N 1).

5.2 Procedimiento de medición para ciertas características de ruido de las máquinas - según GOST 23941, GOST 12.1.024, GOST 12.1.025, GOST 12.1.026*, GOST 12.1.027 **, GOST 12.1.028 ***.
__________________
* En la Federación Rusa, se aplica GOST R 51401-99.

** GOST R 51400-99 se aplica en la Federación Rusa.

*** En la Federación Rusa, se aplica GOST R 51402-99.

Anexo 1 (informativo). Datos de información sobre el cumplimiento de GOST 12.1.003-83 ST SEV 1930-79

ANEXO 1
Referencia

Requisitos

GOST 12.1.003-83

ST SEV 1930-79

Establecimiento de niveles de presión sonora, niveles sonoros y niveles equivalentes

Establece los niveles de presión sonora y los niveles de sonido equivalentes en los lugares de trabajo de las empresas manufactureras, según la gravedad y la intensidad del trabajo en el rango de frecuencia de 31,5-8000 Hz.

Establece niveles de presión de sonido, niveles de sonido en los lugares de trabajo de empresas manufactureras en el rango de frecuencia 63-8000 Hz.

Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes en puestos de trabajo en naves industriales - 80 dB A.

Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes en puestos de trabajo en naves industriales -
85dB A.

Medición del ruido en los lugares de trabajo

GOST 12.1.050

En puestos de trabajo en naves industriales
ST SEV 541

(Edición modificada, Rev. N 1).

Anexo 2 (informativo). Criterios integrales para la normalización del ruido

APÉNDICE 2
Referencia

1 El nivel de sonido equivalente (energía) en dB de un ruido intermitente dado es el nivel de sonido de un ruido de banda ancha continuo que tiene la misma presión de sonido RMS que el ruido intermitente dado durante un intervalo de tiempo específico y se determina mediante la fórmula

donde es el valor actual de la presión sonora cuadrática media, teniendo en cuenta la corrección "A" del sonómetro, Pa;

- el valor inicial de la presión sonora (en el aire = 2 10 Pa);

Duración del ruido, h

2 La dosis de ruido D en Pa h es un valor integral que tiene en cuenta la energía acústica que afecta a una persona durante un cierto período de tiempo y está determinada por la fórmula

La dosis relativa de ruido en porcentaje está determinada por la fórmula

donde es la dosis de ruido admisible, Pa h.

La dosis de ruido admisible viene determinada por la fórmula

donde es el valor de presión sonora correspondiente al nivel sonoro admisible de acuerdo con el apartado 2.3 de esta norma, Pa;

Duración de la jornada laboral (turno de trabajo), horas

At = 0,356 Pa (corresponde al nivel sonoro admisible de 80 dB A) y = 8 h

En la tabla se indica la relación entre el nivel sonoro equivalente y la dosis relativa de ruido (a un nivel sonoro admisible de 80 dB A) en función de la duración del ruido.

durante la duración del ruido

(Edición modificada, Rev. N 1).

Anexo 3 (informativo). Niveles de ruido para varios tipos de actividad laboral, teniendo en cuenta el grado de intensidad laboral

APÉNDICE 3
Referencia

Tipo de actividad laboral

Niveles de sonido
y equivalente
niveles de sonido, dBA

Trabajar en el desarrollo de conceptos, nuevos programas; creación; enseñando

El trabajo de los principales gerentes de producción asociado con el control de un grupo de personas que realizan principalmente trabajo mental.

Trabajo mental altamente calificado que requiere concentración; trabajo relacionado exclusivamente con conversaciones por medios de comunicación

Trabajo mental realizado con instrucciones recibidas con frecuencia y señales acústicas; trabajo que requiere un control auditivo constante*; categoría de obras visuales de alta precisión**

Trabajo mental, de acuerdo con el horario exacto con instrucciones (sala de cámaras), la categoría exacta de trabajo visual

Trabajo físico relacionado con la precisión, la concentración o el control auditivo ocasional

_______________
* Más del 50% del tiempo de trabajo.

** De acuerdo con las normas de iluminación natural y artificial, aprobadas por el Comité Estatal de Construcción de la URSS.

Texto electrónico del documento
preparado por Kodeks JSC y verificado contra:
publicación oficial
Sistema de normas de seguridad laboral.
Se sentó. GOST. - M.: Editorial de Normas IPK, 2002

edición no oficial

GOST 12.1.003-83

ESTÁNDAR INTERESTATAL

Sistema de normas de seguridad en el trabajo

Requisitos generales de seguridad

Fecha de introducción 01.07 84

DATOS DE INFORMACIÓN

1 DESARROLLADO por el Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión, el Comité Estatal de Construcción de la URSS, el Ministerio de Ferrocarriles, la Academia de Ciencias Médicas de la URSS, el Ministerio de Metalurgia Ferroso de la URSS, el Ministerio de Agricultura de la URSS, el Ministerio de Ucrania de la RSS de Salud, el Ministerio de Salud de la RSFSR, el Comité Estatal de Normas de la URSS, la Academia de Ciencias de la URSS

DESARROLLADORES

LICENCIADO EN LETRAS. Dvoryanchikov; Yu.M. Vasiliev, Ph.D. tecnología ciencias; LF Lagunov, Ph.D. tecnología Ciencias: L. N. Pyatachkova, Ph.D. tecnología ciencias; Y EN. Kopílov; GL Osipov, Dr. Sc. ciencias; MAMÁ. Porozhenko; E. Ya. Yudin, Dr. técnico. ciencias; K. F. Kalmakhelidze, Ph.D. tecnología ciencias; Sip. Chepulsky, Ph.D. tecnología ciencias; GEORGIA. Suvorov, Dr. med. ciencias; LN Shkarinov, Dr. med. ciencias; EI Denisov, Ph.D. tecnología ciencias; LN Klyachko, Ph.D. tecnología ciencias; DB Chéjomov, Ph.D. tecnología ciencias; AI. Ponomarev, Ph.D. tecnología ciencias; V. E. Skibinsky; VZ Kleimenov, Ph. D. tecnología ciencias; V. V. Myasnikov; G.P. Saversky; EJÉRCITO DE RESERVA. Kochinashvili, Ph.D. tecnología ciencias; SOY. Nikolayshvili; NI Borodin, Ph.D. tecnología ciencias; VF Drobyshevskaya; SOLDADO AMERICANO. varnashov; AUTOMÓVIL CLUB BRITÁNICO. Menshov, Dr. med. ciencias; VN soga; Sip. Dedos, Ph.D. cariño. ciencias; AV. Kolesnikova, Ph. D. miel, ciencias; Sh. L. Zlotnik, Ph.D. tecnología ciencias; LA. potanina; NOTARIO PÚBLICO. Benevolenskaya, Dra. med. ciencias; VIRGINIA. Shcherbakov; Yu.N. Kamensky, Ph.D. cariño. ciencias; AI. Tsysar, Ph.D. cariño. Ciencias.

2 APROBADO E INTRODUCIDO POR Decreto del Comité Estatal de Normas de la URSS de fecha 06.06.83 No. 2473

3. El estándar cumple con ST SEV 1930-79 en términos de valores permisibles de niveles de presión sonora y niveles de sonido en los lugares de trabajo de empresas manufactureras y sus mediciones.

4. REEMPLAZAR GOST 12.1.003-76

5 DOCUMENTOS REGLAMENTARIOS REFERIDOS

Número de artículo, aplicaciones La designación de la NTD a la que se da el enlace. Número de artículo, aplicaciones
GOST 12.1.020-79 5.1 GOST 12.4.026-76 3.2
GOST 12.1.023-80 4.3 GOST 12.4.051-87 3.1, 3.2
GOST 12.1.024-81 5.2 GOST 12.4.095-80 5.1
GOST 12.1.025-81 5.2 GOST 17187-81 1.2, 1.3, 2.1
GOST 12.1.026-80 5.2 GOST 20296-81 5.1
GOST 12.1.027-80 5.2 GOST 23941-79 4.2, 4.4, 5.1, 5.2
GOST 12.1.028-80 5.2 GOST 27435-87 5.1
GOST 12.1.029-80 3.1 GOST 27436-87 5.1
GOST 12.1.050-86 5.1 Apéndice 1 ST SEV 541-77 Anexo 1
GOST 12.2.002-91 5.1

6 Se eliminó la limitación del período de vigencia según el protocolo No. 3-93 del Consejo Interestatal de Normalización, Metrología y Certificación (IUS 5-6-93)

7 REPUBLICACIÓN (septiembre 1999) con Enmienda No. 1 aprobada diciembre 1988 (IUS 3-89)

La norma establece la clasificación del ruido, las características y los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo, los requisitos generales para la protección contra el ruido en los lugares de trabajo, las características de ruido de las máquinas, mecanismos, medios de transporte y otros equipos (en adelante, máquinas) y las mediciones de ruido.

1. CLASIFICACIÓN

1.1. Según la naturaleza del espectro, el ruido debe dividirse en:

banda ancha con un espectro continuo con un ancho de más de una octava;

tonal, en cuyo espectro hay tonos discretos pronunciados. El carácter tonal del ruido a efectos prácticos (cuando se controlan sus parámetros en los lugares de trabajo) se establece midiendo en bandas de frecuencia de tercio de octava superando el nivel de presión sonora en una banda sobre las vecinas en al menos 10 dB.

1.2. Según las características temporales, el ruido debe dividirse en:

constante, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia con el tiempo en no más de 5 dB PERO al medir en la característica de tiempo "lento" del medidor de nivel de sonido según GOST 17187;

intermitente, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia con el tiempo en más de 5 dB PERO al medir en la característica de tiempo "lento" del medidor de nivel de sonido según GOST 17187.

1.3. El ruido intermitente debe dividirse en:

oscilante en el tiempo, cuyo nivel de sonido cambia continuamente en el tiempo;

intermitente, cuyo nivel de sonido cambia gradualmente (en 5 dB PERO y más), y la duración de los intervalos durante los cuales el nivel permanece constante es de 1 s o más;

pulsado, que consta de una o más señales de sonido, cada una de menos de 1 s de duración, con niveles de sonido medidos en dB AI y dB PERO respectivamente, en las características de tiempo del medidor de nivel de sonido "impulso" y "lento" según GOST 17187, difieren en al menos 7 dB.

2. ESPECIFICACIONES Y NIVELES DE RUIDO ADMISIBLES

LUGARES DE TRABAJO

2.1. Una característica del ruido constante en los lugares de trabajo son los niveles de presión sonora L en dB en bandas de octava con frecuencias medias geométricas de 31,5, 63, 125, 250, 500, 1000, 2000, 4000, 8000 Hz, determinadas por la fórmula

donde pags- valor RMS de la presión sonora, Pa;

pags 0 - valor inicial de presión sonora. En el aire R 0 = 2 ´10 -5 Pa.

Nota. Para una evaluación aproximada (por ejemplo, al verificar por parte de las autoridades supervisoras, identificar la necesidad de medidas de supresión de ruido, etc.), se permite tomar el nivel de sonido en dB como una característica del ruido de banda ancha constante en los lugares de trabajo. PERO, medido en la característica de tiempo "lento" del sonómetro según GOST 17187 y determinado por la fórmula

donde R A - Valor cuadrático medio de la presión sonora, teniendo en cuenta la corrección "A" del sonómetro, Pa.

(Edición modificada, Rev. No. 1)

2.2. Una característica del ruido intermitente en los lugares de trabajo es un criterio integral: el nivel de sonido equivalente (en términos de energía) en dB PERO, determinado de acuerdo con la referencia del Apéndice 2.

Además, para ruido variable en el tiempo e intermitente, limite los niveles máximos de sonido en dB PERO, medido en la característica de tiempo "lento", y para el ruido de impulso: el nivel de sonido máximo en dB AI, medido en la característica de tiempo "impulso".

Se permite utilizar la dosis de ruido o la dosis de ruido relativa de acuerdo con la referencia del Apéndice 2 como característica del ruido intermitente.

2.3. Los niveles de presión sonora permisibles en bandas de frecuencia de octava, los niveles sonoros y los niveles sonoros equivalentes en los lugares de trabajo deben tomarse:

para banda ancha ruido constante y no constante (excepto impulso) - según la tabla;

para ruido tonal e impulsivo: 5 dB menos que los valores indicados en la tabla;

Tipo de actividad laboral, puestos de trabajo. Niveles de presión sonora, dB, en bandas compuestas con frecuencias medias geométricas, Hz Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes, dBA
31,5 63 125 250 500 1000 2000 4000 8000
Empresas, instituciones y organizaciones
1 Actividades creativas, trabajo de liderazgo con mayores requisitos, actividades científicas, diseño e ingeniería, programación, enseñanza y aprendizaje, actividades médicas:
lugares de trabajo en las instalaciones - direcciones, oficinas de diseño; calculadoras, programadores informáticos, en laboratorios para trabajo teórico y procesamiento de datos, ingreso de pacientes en centros de salud 86 71 61 54 49 45 42 40 38 50
2 Trabajo altamente calificado que requiere concentración, actividades administrativas y gerenciales, trabajo de medición y análisis en el laboratorio:
lugares de trabajo en las instalaciones del aparato de gestión de la tienda, en las salas de trabajo de las oficinas, laboratorios 93 79 70 63 58 55 52 50 49 60
3 Trabajo realizado con instrucciones recibidas con frecuencia y señales acústicas, trabajo que requiere un control auditivo constante, trabajo del operador en un horario preciso con instrucciones, trabajo de despacho:
lugares de trabajo en los locales del servicio de despacho, oficinas y salas de vigilancia y control remoto con comunicación de voz por teléfono, oficinas de mecanografía, en áreas de montaje de precisión, en estaciones de teléfono y telégrafo, en locales de capataces, en salas de procesamiento de información en computadoras 96 83 74 68 63 60 57 55 54 65
4 Trabajo que requiere concentración, trabajo con mayores requerimientos para los procesos de seguimiento y telecontrol de ciclos productivos:
estaciones de trabajo en consolas en cabinas de observación y control remoto sin comunicación de voz por teléfono; en laboratorios con equipos ruidosos, en salas de colocación de equipos informáticos ruidosos 103 91 83 77 73 70 68 66 64 75
5 Realización de todo tipo de trabajo (con excepción de los enumerados en los párrafos 1-4 y similares) en trabajadores permanentes, lugares en instalaciones industriales y en el territorio de las empresas 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80
Material rodante de transporte ferroviario
6 Puestos de trabajo en las cabinas de maquinistas de locomotoras diésel, locomotoras eléctricas, trenes de metro, trenes diésel y automotores 99 95 87 82 78 75 73 71 69 80
7 Puestos de trabajo en las cabinas de los conductores de trenes eléctricos de alta velocidad y cercanías 99 91 83 77 73 70 68 66 64 75
8 Locales para personal de vagones de trenes de larga distancia, compartimentos de servicio de secciones frigoríficas, vagones de centrales eléctricas, salas de descanso en consignas y oficinas de correos 93 79 70 63 58 55 52 50 49 60
9 Salas de servicio para vagones de equipaje y correo, vagones comedor 96 87 79 72 68 65 63 61 59 70
Embarcaciones marítimas, fluviales, pesqueras y otras
10 Área de trabajo en las instalaciones del departamento de energía de los barcos con vigilancia constante (locales en los que se encuentra la planta de energía principal, calderas, motores y mecanismos que generan energía y aseguran el funcionamiento de varios sistemas y dispositivos) 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80
11 Áreas de trabajo en las estaciones de control central (CPU) de los barcos (insonorizadas), salas asignadas por el departamento de energía, en las que se instalan dispositivos de control, dispositivos indicadores, controles de la planta de energía principal y mecanismos auxiliares 96 83 74 68 63 60 57 55 54 65
12 Zonas de trabajo en las salas de servicio de las embarcaciones marítimas (cabinas de timonel, de navegación, bagermeister, cabinas de radio, etc.) 89 75 66 59 54 50 47 45 44 55
13 Locales productivos y tecnológicos en buques de la industria pesquera (locales para el procesamiento de pescados, mariscos, etc.) 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80
Tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas autopropulsadas, remolcadas y montadas, construcción de carreteras, movimiento de tierras, recuperación y otros tipos similares de máquinas
14 Puestos de trabajo para conductores y asistentes de automóviles 100 87 79 72 68 65 63 61 59 70
15 Puestos de trabajo para conductores y asistentes (pasajeros) de automóviles 93 79 70 63 58 55 52 50 49 60
16 Puestos de trabajo para conductores y personal de mantenimiento de tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas arrastradas y montadas, construcción de carreteras y otras máquinas similares 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80
17 Puestos de trabajo en cabinas de pilotaje y cabinas de aeronaves y helicópteros 107 95 87 82 78 75 73 71 69 80

Notas:

1 Se permite establecer estándares más estrictos para ciertos tipos de actividad laboral en la documentación de la industria, teniendo en cuenta la intensidad del trabajo de acuerdo con el Apéndice 3.

2 Está prohibido incluso para estancias cortas en zonas con niveles de presión sonora de octava superiores a 135 dB en cualquier banda de octava.

para el ruido generado en las habitaciones por las instalaciones de aire acondicionado, ventilación y calefacción de aire: 5 dB menos que los niveles de ruido reales en estas habitaciones (medidos o determinados por cálculo), si estos últimos no superan los valores especificados en el tabla (la corrección por ruido tonal e impulsivo en este caso no debe aceptarse), en otros casos, 5 dB menos que los valores especificados en la tabla.

(Edición revisada, Rev. No. 1).

2.4. Además de los requisitos de la cláusula 2.3, el nivel sonoro máximo de ruido intermitente en los lugares de trabajo de acuerdo con las cláusulas. 6 y 13 de la tabla no debe superar los 110 dB PERO al medir en la característica de tiempo "lento", y el nivel de sonido máximo del ruido de impulso en los lugares de trabajo de acuerdo con la cláusula 6 de la tabla no debe exceder los 125 dB AI al medir en la característica de tiempo "impulso".

3. PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO

3.1. Al desarrollar procesos tecnológicos, diseñar, fabricar y operar máquinas, edificios y estructuras industriales, así como organizar un lugar de trabajo, se deben tomar todas las medidas necesarias para reducir el ruido que afecta a una persona en los lugares de trabajo a valores que no excedan los valores permitidos. especificado en la Sec. 2:

desarrollo de equipos a prueba de ruidos;

el uso de medios y métodos de protección colectiva de acuerdo con GOST 12.1.029;

el uso de equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051.

Nota. Medidas de construcción y acústicas previstas en el diseño de empresas, edificios y estructuras para diversos fines, de acuerdo con los documentos reglamentarios y técnicos aprobados o acordados con el Comité Estatal de Construcción de la URSS.

3.2. Áreas con niveles de sonido o niveles de sonido equivalentes por encima de 80 dB PERO debe estar marcado con señales de seguridad de acuerdo con GOST 12.4.026. La administración está obligada a proporcionar a quienes trabajan en estas zonas equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051.

(Edición revisada, Rev. No. 1).

3.3. En las empresas, organizaciones e instituciones, se debe garantizar el control de los niveles de ruido en los lugares de trabajo al menos una vez al año.

4. REQUISITOS PARA LAS CARACTERÍSTICAS DE RUIDO DE LAS MÁQUINAS

4.1. Las normas y (o) especificaciones para máquinas deben establecer los valores límite para las características de ruido de estas máquinas.

4.2. La característica de ruido debe seleccionarse entre las proporcionadas por GOST 23941.

4.3. Los valores de las características de ruido máximas permisibles de las máquinas deben establecerse en función de los requisitos para garantizar los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo de acuerdo con el propósito principal de la máquina y los requisitos de la Sec. 2 de esta norma. Métodos para establecer las características de ruido máximas permisibles de las máquinas estacionarias, según GOST 12.1.023.

4.4. Si las características de ruido de las máquinas correspondientes a los mejores logros mundiales de tecnología similar superan los valores establecidos de acuerdo con los requisitos de la cláusula 4.3 de esta norma, entonces en las normas y (o) especificaciones para máquinas se permite establecer técnicamente valores alcanzables de las características de ruido de estas máquinas.

Los valores técnicamente alcanzables de las características de ruido de las máquinas deben justificarse:

los resultados de medir las características de ruido de un número representativo de máquinas por uno de los métodos según GOST 23941;

datos sobre las características de ruido de los mejores modelos de máquinas similares fabricadas en el extranjero;

análisis de los métodos y medios de reducción de ruido utilizados en la máquina;

la disponibilidad de medios desarrollados de protección contra el ruido hasta los niveles establecidos en la cláusula 2.3, y su inclusión en la documentación reglamentaria y técnica de la máquina;

un plan de acción para reducir el ruido a un nivel que cumpla con los requisitos de la cláusula 4.3 de esta norma.

4.5. Las características de ruido de las máquinas o los valores límite de las características de ruido deben indicarse en su pasaporte, manual de instrucciones (instrucciones) u otra documentación adjunta.

5. MEDICIÓN DEL RUIDO

5.1. Medición del ruido en los lugares de trabajo: empresas e instituciones - según GOST 12.1.050 y GOST 23941; máquinas agrícolas autopropulsadas - según GOST 12.4.095; tractores y chasis autopropulsados ​​- según GOST 12.2.002; automóviles, trenes de carretera, autobuses, motocicletas, scooters, ciclomotores, motocicletas, según GOST 27435 y GOST 27436; aviones y helicópteros de transporte, según GOST 20296; material rodante del transporte ferroviario: de acuerdo con las normas sanitarias para limitar el ruido en el material rodante del transporte ferroviario, aprobado por el Ministerio de Salud de la URSS; para embarcaciones fluviales y lacustres: de acuerdo con GOST 12.1.020, estándares de ruido sanitario en las instalaciones de los barcos de la flota fluvial y estándares de ruido sanitario en embarcaciones marítimas aprobados por el Ministerio de Salud de la URSS.

(Edición revisada, Rev. No. 1).

5.2. El procedimiento de medición para ciertas características de ruido de las máquinas está de acuerdo con GOST 23941, GOST 12.1.024, GOST 12.1.025, GOST 12.1.026, GOST 12.1.027, GOST 12.1.028.

ANEXO 1

Referencia

DATOS DE INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE GOST 12.1.003-83

ST SEV 1930-79

Requisitos GOST 12.1.003-83 ST SEV 1930-79
Establecimiento de niveles de presión sonora, niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes Establece los niveles de presión sonora y los niveles de sonido equivalentes en los lugares de trabajo de las empresas manufactureras, según la gravedad y la intensidad del trabajo en el rango de frecuencia de 31,5-8000 Hz. Establece niveles de presión de sonido, niveles de sonido en los lugares de trabajo de empresas manufactureras en el rango de frecuencia 63-8000 Hz.
Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes en puestos de trabajo en naves industriales - 80 dB A. Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes en puestos de trabajo en naves industriales - 85 dB A.
Medición del ruido en los lugares de trabajo En lugares de trabajo en locales industriales de acuerdo con GOST 12.1.050 En puestos de trabajo en naves industriales según ST SEV 541

(Edición revisada, Rev. No. 1).

APÉNDICE 2

Referencia

CRITERIOS INTEGRALES PARA LA REGULACIÓN DEL RUIDO

1. Nivel de sonido equivalente (energía) en dB PERO de un ruido intermitente dado es el nivel sonoro de un ruido de banda ancha constante que tiene la misma presión sonora RMS que el ruido intermitente dado durante un intervalo de tiempo específico y que está determinado por la fórmula

,

2. Dosis de ruido D en Pa 2 × h: un valor integral que tiene en cuenta la energía acústica que afecta a una persona durante un cierto período de tiempo y está determinado por la fórmula

) en función del tiempo de acción del ruido se indica en la tabla.

Relativo Nivel sonoro equivalente, dB PERO
dosis de ruido, % durante la duración del ruido
8 horas 4 horas 2 horas 1 hora 30 minutos 15 minutos 7 minutos
3,2 70 73 76 79 82 85 88
6,3 73 76 79 82 85 88 91
12,5 76 79 82 85 88 91 94
25 79 82 85 88 91 94 97
50 82 85 88 91 94 97 100
100 85 88 91 94 97 100 103
200 88 91 94 97 100 103 106
400 91 94 97 100 103 106 109
800 94 97 100 103 106 109 112
1600 97 100 103 106 109 112 115
3200 100 103 106 109 112 115 118

(Edición modificada, Rev. No. 1).

APÉNDICE 3

Referencia

NIVELES DE RUIDO PARA DIFERENTES TIPOS DE TRABAJO SEGÚN EL GRADO DE INTENSIDAD DEL TRABAJO

Tipo de actividad laboral Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes, dB PERO
Trabajar en el desarrollo de conceptos, nuevos programas; creación; enseñando 40
El trabajo de los principales gerentes de producción asociado con el control de un grupo de personas que realizan principalmente trabajo mental. 50
Trabajo mental altamente calificado que requiere concentración; trabajo relacionado exclusivamente con conversaciones por medios de comunicación 55
Trabajo mental realizado con instrucciones recibidas con frecuencia y señales acústicas; trabajo que requiere un control auditivo constante*; categoría de obras visuales de alta precisión** 60
Trabajo mental, de acuerdo con el horario exacto con instrucciones (sala de cámaras), la categoría exacta de trabajo visual 65
Trabajo físico relacionado con la precisión, la concentración o el control auditivo ocasional 80

* Más del 50% del tiempo de trabajo.

** De acuerdo con las normas de iluminación natural y artificial, aprobadas por el Comité Estatal de Construcción de la URSS

La norma establece la clasificación del ruido, las características y los niveles permisibles de ruido en los lugares de trabajo, los requisitos generales para la protección contra el ruido en los lugares de trabajo, las características del ruido de las máquinas, mecanismos, medios de transporte y otros equipos y las mediciones del ruido.

Designacion: GOST 12.1.003-83*
nombre ruso: SSBT. Ruido. Requisitos generales de seguridad
Estado: Actual
Reemplaza: GOST 12.1.003-76
Fecha de actualización del texto: 01.10.2008
Fecha de agregado a la base de datos: 01.02.2009
Fecha de entrada en vigor: 01.07.1984
Diseñada por: Ministerio de Metalurgia Ferrosa de la URSS
Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión
Comité Estatal de Construcción de la URSS
Ministerio de Ferrocarriles
Academia de Ciencias Médicas de la URSS
Ministerio de Agricultura de la URSS
Ministerio de Salud de la RSS de Ucrania
Ministerio de Salud de la RSFSR
Comité Estatal de Normas de la URSS
Academia de Ciencias de la URSS
Aprobado: Estándar estatal de la URSS (06.06.1983)
Publicado: Editorial de Normas IPK No. 1996
Editorial de Normas No. 1983
Editorial de Normas IPK No. 2002

ESTÁNDAR ESTATAL DE LA UNIÓN DE LA SSR

SISTEMA DE NORMAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

RUIDO

REQUISITOS GENERALES DE SEGURIDAD

GOST 12.1.003-83
(ST SEV 1930-79)

DESARROLLADO

Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión

Comité Estatal de Construcción de la URSS

Ministerio de Ferrocarriles

Academia de Ciencias Médicas de la URSS

Ministerio de Metalurgia Ferrosa de la URSS

Ministerio de Agricultura de la URSS

Ministerio de Salud de la RSS de Ucrania

Ministerio de Salud de la RSFSR

Comité Estatal de Normas de la URSS Academia de Ciencias de la URSS

INTÉRPRETES

LICENCIADO EN LETRAS. Dvoryanchikov; Yu.M. vasiliev, candó. tecnología ciencias; LF Lagunov, candó. tecnología Ciencias: LN piatachkova, candó. tecnología ciencias; Y EN. Kopílov; GL osipov, Dr. tecnología. ciencias; MAMÁ. Porozhenko; E. Ya. Yudín, Dr. tecnología. ciencias; K. F. Kalmakhelidze, candó. tecnología ciencias; Sip. Chepulsky, candó. tecnología ciencias; GEORGIA. Suvórov, Dr. med. ciencias; LN Shkarinov, Dr. med. ciencias; E. I. Denisov, candó. tecnología ciencias; LN Klyachko, candó. tecnología ciencias; D. B. Chejomova, candó. tecnología ciencias; AI Ponomarev, candó. tecnología ciencias; V. E. Skibinsky; VZ Kleymenov, candó. tecnología ciencias; V. V. Myasnikov; G.P. Saversky; EJÉRCITO DE RESERVA. Kochinashvili, candó. tecnología ciencias; SOY. Nikolayshvili; NI Borodin, Doctor. ciencias; VF Drobyshevskaya; GI Varnashov; AUTOMÓVIL CLUB BRITÁNICO. Menshov, Dr. med. ciencias; VN soga; Sip. dedos, candó. cariño. ciencias; AV. kolesnikova, candó. miel, ciencias; Sh. L. Zlotnik, candó. tecnología ciencias; LA. potanina; NOTARIO PÚBLICO. Benevolenskaya, Dr. med. ciencias; VIRGINIA. Shcherbakov; Yu.N. Kamensky, candó. cariño. ciencias; AI. tsysar, candó. cariño. Ciencias.

PRESENTADO por el Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión

Diputado cabeza departamento de proteccion laboral AP Kupchin

APROBADO E INTRODUCIDO POR Decreto del Comité Estatal de Normas de la URSS del 6 de junio de 1983 No. 2473

ESTÁNDAR ESTATAL DE LA UNIÓN DE LA SSR

Sistema de normas de seguridad en el trabajo

RUIDO

Requisitos generales de seguridad

Sistema de normas de seguridad en el trabajo
ruido. Requisitos generales de seguridad

GOST
12.1.003-83

(ST SEV 1930-79)

En lugar de
GOST 12.1.003-76

Por Decreto del Comité Estatal de Normas de la URSS de fecha 6 de junio de 1983 No. 2473, se estableció el período de validez.

desde 01.07 84

La norma establece la clasificación del ruido, las características y los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo, los requisitos generales para la protección contra el ruido en los lugares de trabajo, las características de ruido de las máquinas, mecanismos, medios de transporte y otros equipos (en adelante, máquinas) y las mediciones de ruido.

1. CLASIFICACIÓN

1.1. Según la naturaleza del espectro, el ruido debe dividirse en:

banda ancha con un espectro continuo de más de una octava de ancho;

tonal, en cuyo espectro hay tonos discretos pronunciados. El carácter tonal del ruido a efectos prácticos (cuando se controlan sus parámetros en los lugares de trabajo) se establece midiendo en bandas de frecuencia de tercio de octava superando el nivel de presión sonora en una banda sobre las vecinas en al menos 10 dB.

1.2. Según las características temporales, el ruido debe dividirse en:

constante, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia con el tiempo en no más de 5 dB PERO al medir la característica de tiempo "lento" del sonómetro de acuerdo con GOST 17187-81;

intermitente, cuyo nivel de sonido durante una jornada laboral de 8 horas (turno de trabajo) cambia con el tiempo en más de 5 dB PERO al medir en la característica de tiempo "lento" del medidor de nivel de sonido según GOST 17187-81.

1.3. El ruido intermitente debe dividirse en:

fluctuante en el tiempo, cuyo nivel de sonido cambia continuamente con el tiempo;

intermitente, cuyo nivel de sonido cambia en pasos (en 5 dB PERO y más), y la duración de los intervalos durante los cuales el nivel permanece constante es de 1 s o más;

pulsado, que consta de una o más señales de sonido, cada una de menos de 1 s de duración, con niveles de sonido medidos en dBAIidb PERO respectivamente, en las características de tiempo del medidor de nivel de sonido "impulso" y "lento" según GOST 17187-81, difieren en al menos 7 dB.

2. CARACTERÍSTICAS Y NIVELES DE RUIDO ADMISIBLES EN LOS LUGARES DE TRABAJO

2.1. Una característica del ruido permanente en los lugares de trabajo son los niveles de presión sonoraLen dB en bandas de octava con frecuencias medias geométricas de 31,5, 63, 125, 250, 500, 1000, 2000, 4000, 8000 Hz, determinadas por la fórmula

donde pags- valor RMS de la presión sonora, Pa;

pags 0 - valor inicial de la presión sonora. En el aire R 0 = 2 ´ 10 -5 Pa.

Nota. Para una evaluación aproximada (por ejemplo, al verificar por parte de las autoridades supervisoras, identificar la necesidad de medidas de supresión de ruido, etc.), se permite tomar el nivel de sonido en dB como una característica del ruido de banda ancha constante en los lugares de trabajo. PERO, medido en la característica de tiempo "lento" del sonómetro según GOST 17187-81 y determinado por la fórmula

donde r un- Valor cuadrático medio de la presión sonora, teniendo en cuenta la corrección "A" del sonómetro, Pa.

(Edición modificada, Rev. No. 1).

2.2. Una característica del ruido intermitente en los lugares de trabajo es un criterio integral: nivel de sonido equivalente (en términos de energía) en dB PERO, determinado de acuerdo con el apéndice de referencia.

Además, para el ruido intermitente y variable en el tiempo, limite los niveles máximos de sonido en dB. PERO, medido en la característica de tiempo "lento", y para el ruido de impulso: el nivel de sonido máximo en dB PERO I, medido en la característica de tiempo "impulso".

Se permite utilizar la dosis de ruido o la dosis relativa de ruido como una característica del ruido intermitente de acuerdo con el apéndice de referencia.

para ruido de banda ancha constante y no constante (excepto impulso) - según la tabla;

Tipo de actividad laboral, puestos de trabajo.

Niveles de presión sonora, dB, en bandas de octava con frecuencias medias geométricas en Hz

Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes, dB PERO

Empresas, instituciones y organizaciones

1. Actividad creativa, trabajo gerencial con mayores requisitos, actividad científica, diseño e ingeniería, programación, enseñanza y aprendizaje, actividad médica: lugares de trabajo en las instalaciones de la dirección, oficinas de diseño; calculadoras, programadores informáticos, en laboratorios para trabajo teórico y procesamiento de datos, ingreso de pacientes en centros de salud

2. Trabajo altamente calificado que requiere concentración, actividades administrativas y de gestión, trabajos de medición y análisis en el laboratorio:

lugares de trabajo en las instalaciones del aparato de gestión de la tienda, en las salas de trabajo de las oficinas, laboratorios

3. Trabajo realizado con instrucciones y señales acústicas recibidas con frecuencia, trabajo que requiere un control auditivo constante, trabajo del operador en un horario preciso con instrucciones, trabajo de despacho:

lugares de trabajo en los locales del servicio de despacho, oficinas y salas de vigilancia y control remoto con comunicación de voz por teléfono, oficinas de mecanografía, en áreas de montaje de precisión, en estaciones de teléfono y telégrafo, en locales de capataces, en salas de procesamiento de información en computadoras

4. Trabajo que requiere concentración, trabajo con mayores requerimientos para los procesos de seguimiento y telecontrol de ciclos productivos:

estaciones de trabajo en consolas en cabinas de observación y control remoto sin comunicación de voz por teléfono; en laboratorios con equipos ruidosos, en salas de colocación de equipos informáticos ruidosos

5. Realización de todo tipo de trabajo (con excepción de los enumerados en los párrafos 1-4 y similares) en lugares de trabajo permanentes en instalaciones industriales y en el territorio de las empresas.

Material rodante de transporte ferroviario

6. Puestos de trabajo en las cabinas de los maquinistas de locomotoras diésel, locomotoras eléctricas, trenes de metro, trenes diésel y automóviles

7. Puestos de trabajo en las cabinas de los conductores de trenes eléctricos de alta velocidad y cercanías

8. Locales para personal de vagones de trenes de larga distancia, compartimentos de servicio de secciones frigoríficas, vagones de centrales eléctricas, baños en equipajes y oficinas de correos.

9. Espacio de oficinas para vagones de equipaje y correo, vagones comedor

Embarcaciones marítimas, fluviales, pesqueras y otras

10. Área de trabajo en las instalaciones del departamento de energía de los barcos con vigilancia constante (locales en los que se encuentra la planta de energía principal, calderas, motores y mecanismos que generan energía y aseguran el funcionamiento de varios sistemas y dispositivos)

11. Áreas de trabajo en los puestos de control central (CPU) de los barcos (insonorizados), salas asignadas por el departamento de energía, en las que se instalan dispositivos de control, dispositivos indicadores, controles de la planta de energía principal y mecanismos auxiliares.

12. Áreas de trabajo en las salas de servicio de las embarcaciones marítimas (cabinas de timonel, de navegación, bagermeister, cabinas de radio, etc.)

13. Locales productivos y tecnológicos en buques de la industria pesquera (locales para el procesamiento de pescados, mariscos, etc.)

Tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas autopropulsadas, remolcadas y montadas, construcción de carreteras, movimiento de tierras, recuperación y otros tipos similares de máquinas

14. Lugares de trabajo para conductores y asistentes de automóviles

15. Lugares de trabajo para conductores y asistentes (pasajeros) de automóviles

16. Puestos de trabajo para conductores y personal de mantenimiento de tractores, chasis autopropulsados, máquinas agrícolas arrastradas y montadas, construcción de carreteras y otras máquinas similares

17. Trabajos en cabinas y cabinas de aeronaves y helicópteros

Notas:

1. Se permite en la documentación de la industria establecer estándares más estrictos para ciertos tipos de actividad laboral, teniendo en cuenta la intensidad del trabajo de acuerdo con el apéndice de referencia.

2. Queda prohibida incluso la estancia breve en zonas con niveles de presión sonora de octava superiores a 135 dB en cualquier banda de octava.

(Nueva edición, Rev. No. 1).

para ruido tonal e impulsivo: 5 dB menos que los valores indicados en la tabla;

para el ruido generado en las habitaciones por las instalaciones de aire acondicionado, ventilación y calefacción de aire - 5 dB menos que los niveles de ruido reales en estas habitaciones (medidos o determinados por cálculo), si estos últimos no superan los valores indicados en la tabla (corrección para el ruido tonal e impulsivo en este caso no se debe tomar lo siguiente), en otros casos, 5 dB menos que los valores indicados en la tabla.

(Edición modificada, Rev. No. 1).

2.4. Además de los requisitos del párrafo, el nivel sonoro máximo de ruido intermitente en los lugares de trabajo de acuerdo con los párrafos. Las tablas 6 y 13 no deben exceder los 110 dB PERO al medir en la característica de tiempo "lento", y el nivel de sonido máximo del ruido de impulso en los lugares de trabajo de acuerdo con la cláusula 6 de la tabla no debe exceder los 125 dB PERO Ial medir en la característica de tiempo "impulso".

3. PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO

3.1 Al desarrollar procesos tecnológicos, diseñar, fabricar y operar máquinas, edificios y estructuras industriales, así como organizar un lugar de trabajo, se deben tomar todas las medidas necesarias para reducir el ruido que afecta a una persona en los lugares de trabajo a valores que no excedan los valores permitidos especificado en la Sec. :

desarrollo de equipos a prueba de ruidos;

utilizando medios y métodos de protección colectiva de acuerdo con GOST 12.1.029-80;

el uso de equipo de protección personal de acuerdo con GOST 12.4.051-87.

Nota. Medidas de construcción y acústicas previstas en el diseño de empresas, edificios y estructuras para diversos fines, de acuerdo con los documentos reglamentarios y técnicos aprobados o acordados con el Comité Estatal de Construcción de la URSS.

(Edición modificada, Rev. No. 1).

3.2.Zonas con nivel sonoro o nivel sonoro equivalente superior a 80 dB PERO debe estar marcado con señales de seguridad GOST12.4.026-76. La administración requiere que quienes trabajan en estas áreas proporcionen equipo de protección personal de acuerdo conGOST 12.4.051-87.

(Edición modificada, Rev. No. 1).

3.3. En las empresas, organizaciones e instituciones, se debe garantizar el control de los niveles de ruido en los lugares de trabajo al menos una vez al año.

4. REQUISITOS PARA LAS CARACTERÍSTICAS DE RUIDO DE LAS MÁQUINAS

4.1. En las normas y (o) condiciones técnicas de las máquinas, se deben establecer valores límite de las características de ruido de estas máquinas.

4.2. La característica de ruido debe seleccionarse entre las proporcionadas por GOST 23941-79.

4.3 Los valores de las características de ruido máximas permisibles de las máquinas deben establecerse en función de los requisitos para garantizar los niveles de ruido permisibles en los lugares de trabajo de acuerdo con el propósito principal de la máquina y los requisitos de la Sec. de esta norma Métodos para establecer las características de ruido máximas permisibles de máquinas estacionarias - de acuerdo conGOST 12.1.023-80.

4.4. Si los valores de las características de ruido de las máquinas correspondientes a los mejores logros mundiales de tecnología similar exceden los valores establecidos de acuerdo con los requisitos de la cláusula de esta norma, entonces en las normas y (o) especificaciones técnicas para máquinas se está permitido establecer valores técnicamente alcanzables de las características de ruido de estas máquinas acordadas en la forma prescrita.

Las características de ruido técnicamente alcanzables de las máquinas deben justificarse:

los resultados de medir las características de ruido de un número representativo de máquinas por uno de los métodos según GOST 23941-79;

datos sobre las características de ruido de los mejores modelos de máquinas similares fabricadas en el extranjero;

análisis de los métodos y medios de reducción de ruido utilizados en la máquina;

la presencia de medios desarrollados de protección contra el ruido hasta los niveles establecidos por la cláusula , y su inclusión en la documentación reglamentaria y técnica de la máquina;

un plan de acción para reducir el ruido a un nivel que cumpla con los requisitos de la cláusula de esta norma.

4.5. Las características de ruido de las máquinas o los valores límite de las características de ruido deben indicarse en su pasaporte, manual de instrucciones (instrucciones) u otra documentación adjunta.

5. MEDICIÓN DEL RUIDO

5.1 Medición del ruido en los lugares de trabajo: empresas e instituciones - según GOST 12.1.050-86YGOST 23941-79; maquinas autopropulsadas agricolasGOST 12.4.095-80; tractores y chasis autopropulsadosGOST 12.2.002-81; automóviles, trenes de carretera, autobuses, motocicletas, scooters, ciclomotores, motocicletas - segúnGOST 27435-87YGOST 27436-87; aviones y helicópteros de transporteGOST 20296-81; material rodante del transporte ferroviario: de acuerdo con las normas sanitarias para limitar el ruido en el material rodante del transporte ferroviario, aprobado por el Ministerio de Salud de la URSS; para embarcaciones fluviales y lacustres - segúnGOST 12.1.020-79, estándares de ruido sanitario en las instalaciones de los barcos de la flota fluvial y estándares de ruido sanitario en los barcos marítimos, aprobados por el Ministerio de Salud de la URSS.

(Edición modificada, Rev. No. 1).

5.2. El procedimiento de medición para ciertas características de ruido de las máquinas está de acuerdo con GOST 23941-79, GOST 12.1.024-81, GOST 12.1.025-81, GOST 12.1.026-80, GOST 1.2.1.027-80, GOST 12.1.028- 80.

ANEXO 1

Referencia

INFORMACIÓN DE DATOS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE GOST12.1.003-83 ST SEV 1930-79

Requisitos

GOST 12.1.003-83

ST SEV 1930-79

Establecimiento de niveles de presión sonora, niveles sonoros y niveles equivalentes

Establece niveles de presión de sonido y niveles de sonido equivalentes en los lugares de trabajo de las empresas manufactureras, según la severidad y la intensidad del trabajo en el rango de frecuencia de 31.5 - 8000 Hz.

Establece niveles de presión de sonido, niveles de sonido en los lugares de trabajo de empresas manufactureras en el rango de frecuencia 63 - 8000 Hz.

Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes en lugares de trabajo en naves industriales - 80 dB PERO.

Niveles sonoros y niveles sonoros equivalentes en lugares de trabajo en naves industriales - 85 dB PERO.

Medición del ruido en los lugares de trabajo

En lugares de trabajo en locales industriales de acuerdo con GOST 12.1.050-86.

En lugares de trabajo en naves industriales según ST SEV 541-77.

(Nueva edición, Rev. No. 1).

APÉNDICE 2

Referencia

CRITERIOS INTEGRALES PARA LA REGULACIÓN DEL RUIDO

1. Nivel de sonido equivalente (energía)LA equivalente en dB PERO de un ruido intermitente dado es el nivel sonoro de un ruido de banda ancha constante que tiene la misma presión sonora RMS que un ruido intermitente dado durante un intervalo de tiempo específico y está determinado por la fórmula

,

donde r un(t) - el valor actual de la presión sonora cuadrática media, teniendo en cuenta la corrección "A" del sonómetro, Pa;

R 0 - valor inicial de presión sonora (en aire R 0 = 2 ´ 10-5 Pa);

T- tiempo de acción del ruido, h.

2. Dozahuma D en Pa 2 × h - un valor integral que tiene en cuenta la energía acústica que afecta a una persona durante un cierto período de tiempo, y está determinado por la fórmula

.

Dosis relativa de ruido D rel en porcentaje está determinado por la fórmula

donde D añadir - dosis de ruido permisible, Pa 2× H.

Dosis de ruido admisible D add está determinado por la fórmula

donde pag un adicional - el valor de presión sonora correspondiente al nivel sonoro admisible de acuerdo con el apartado de esta norma. Pensilvania;

T wd - duración de la jornada laboral (turno de trabajo), h.

En pag un adicional = 0,356 Pa (corresponde al nivel sonoro admisible de 80 dB PERO) Y T sd = 8 h

D sumar \u003d 1 Pa 2 × h;

en D = D adicional D rel = 100%.

La relación entre el nivel sonoro equivalente y la dosis relativa de ruido (a un nivel sonoro permisible de 80 dB PERO) en función del tiempo de acción del ruido se indica en la tabla.

(Edición revisada, Rev. No. 1).

Dosis relativa de ruido, %

Nivel sonoro equivalente, dB PERO durante la duración del ruido

Trabajo mental altamente calificado que requiere concentración; trabajo relacionado exclusivamente con conversaciones por medios de comunicación

Trabajo mental realizado con instrucciones recibidas con frecuencia y señales acústicas; trabajo que requiere un control auditivo constante*; categoría de obras visuales de alta precisión**

Trabajo mental, de acuerdo con el horario exacto con instrucciones (sala de cámaras), la categoría exacta de trabajo visual

Trabajo físico relacionado con la precisión, la concentración o el control auditivo ocasional

* Más del 50% del tiempo de trabajo.

** De acuerdo con las normas de iluminación natural y artificial, aprobadas por el Comité Estatal de Construcción de la URSS



cima